Si usted estaba esperando que en la vida pública
no hubiese cargos imputados debe empezar a mostrar satisfacción. Acaba de
presentarse una propuesta para tal fin: a partir de ahora no habrá un solo
imputado, como mucho habrá algún investigado. Se presenta una nueva medida
anticorrupción. Desaparecerá el término imputado, por su preocupante
interpretación y se sustituye por investigado. Al cambio, una vez más, “vamos a
hacer algo para justificar que hacemos y que todo siga igual”.
A partir de aquí cada cual extraiga la conclusión que crea.
Yo, sigo pensando que alguien me sigue tomando el pelo.
Dando por sentado y conocido que la expresión “imputar”, (a
partir de ahora,"investigar”), no
presupone culpabilidad de delito; eso es otra cosa y obedece a otra parte de un
proceso, no entiendo por qué tanta alarma, hasta el punto de provocar estos
cambios semánticos.
Ahora ya escuchamos a
candidatos decir que en sus listas no habrá un solo imputado, también que al
primer atisbo de imputación, el ínclito o ínclita se irán a casa, etc. Como
siempre en nuestro país, y fruto de nuestra cultura, para qué vamos a hacer uso
de un cierto sentido común y equilibrio con lo fácil que es dar saltos de un
extremo a otro y decir cosas que a la audiencia resulta agradable oír.
En este caso, como en otros, debiera imponerse una cierta prudencia en lugar de hacer del verbo fácil el común de los discursos.
Imaginen un escenario: cualquier persona que trate de deshacerse
de un adversario político por una de las múltiples razones que podemos presumir,
presenta una denuncia contra él, un tanto estructurada, y automáticamente será
llamado a declarar, es decir, imputado, o investigado. A partir de aquí podrá
ser cierto o no, tener fundamento la denuncia o no.
Si no la tuviera y la persona denunciada fuese víctima de una
falsa acusación (no sería el primer caso) ¿Tendría que haber dimitido de su cargo
por el hecho de ser denunciado - imputado?
Si quien se compromete a dejar el cargo por ese hecho cumple
su compromiso y así debiera ser, se corre el riesgo de asistir a un desfile
permanente de rostros por las sillas públicas.
No es lo mismo que un juez llame a declarar a una persona, a
que lo haga como consecuencia de apreciar indicios de delito derivados de algún
hecho punible, luego sería bueno un poco más de prudencia con los compromisos,
aunque suenen bien, y ser algo más consecuentes.
Si hay algún hecho delictivo, del tipo que fuere, y el juez
así lo estima, estaríamos en un escenario propio para la asunción de responsabilidades,
sean políticas, penales o lo que corresponda, mientras tanto, tranquilidad y
menos barullo.
En otro orden de cosas, debería ser contemplada la figura del
denunciante-difamador. En esta arena de la vida pública se puede comprobar lo
fácil que resulta hablar, denunciar y verter dudas intencionadas sobre un
adversario con el fin de hacer daño (ejemplos hay diversos). A veces dan sus
frutos, y quien hace uso de tan fructífera estrategia consigue su objetivo:
desacreditar al oponente y alcanzar una silla.
¿Por qué no se regula y legisla esta práctica?, ¿No interesa?
Entiendo que quien hace uso de tales prácticas debiera asumir una pena
equivalente al delito o mala praxis que trata de infligir a su acusado. Tal vez
así empezaría a higienizarse la vida pública.
D. Robles
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